Producto diseñado para todos aquellos establecimientos de comercio prestadores de servicios turísticos cuyo promedio mensual se encuentre en un rango máximo de 100 huéspedes.
Este tipo de póliza es muy sencillo de manejar, simplemente el encargado del establecimiento de comercio deberá enviar una relación mensual de los huéspedes que se hospedaron en se lapso de tiempo y eso es todo.
En este caso Ud. como prestador de servicios turísticos para dar protección al huésped “como lo decreta la ley 2068 en su artículo 32” podrá adquirir una póliza pago de prima anual.
CONDICIONES GENERALES
► El presente producto es de vigencia anual, la cual empieza desde el momento de la expedición de la póliza que acredita al tomador (establecimiento de comercio)asegurado (quien contrata la póliza)y el beneficiario (el huésped o beneficiarios de ley).
► Límite de Indemnización $100.000.000 Evento / Vigencia
► Deducibles 10% de la pérdida, mínimo 2 SMMLV toda y cada perdida, excepto para gastos médicos que no aplica.
El Alojamiento deberá contar con:
●Control de Capacidad de hospedaje máxima
●Registro estricto de huéspedes
●Tener botiquín y protocolo de primeros auxilios
●Mantenimiento preventivo con bitácora de las instalaciones y equipos
●Señalización del lugar y salidas de emergencia
Cobertura Póliza Responsabilidad Civil Extra contractual
Documentos para generar Cotización / Expedición
● SARLAFT Actualizado
● RUT
● RNT
● Cámara de Comercio (opcional para personas naturales).
● Cédula del Representante Legal